martes, 27 de noviembre de 2007

DECLARACION DE LA CUMBRE DE LAS ORGANIZACIONES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS






Los representantes de las organizaciones de los Pueblos Indígenas convocados por la organización Mapuche Consejo de Todas las Tierras y el Parlamento Indígena de América PIA, reunidos en la Cumbre de los Pueblos Indígenas en la ciudad de Santiago de Chile, alrededor de la Cumbre de Presidentes Iberoamericanos.


Los participantes de la Cumbre de los Pueblos Indígenas, tenemos la convicción que la Cumbre de Presidentes Iberoamericanos instaurados desde el año 1992 en adelante constituye una propicia oportunidad de parte de los Pueblos Indígenas para reafirmar y subrayar todos nuestros derechos y libertades fundamentales que nos asisten como Pueblo preexistentes a los Estados gobiernos.


De igual manera, afirmamos la necesidad de que éstas Cumbres superen el carácter retórico y se traduzcan en acciones para el cumplimiento fiel de los compromisos socio-económicos, ambientales y de derechos humanos asumidos en diversos instrumentos internacionales y la verdadera cooperación internacional, para superar las profundas diferencias producto de viejas y nuevas relaciones coloniales y neocoloniales.


1.- Subrayamos que los compromisos internacionales de todos los gobiernos del mundo en el marco de los Objetivos del Desarrollo del Milenio ODM, sobre la Erradicación de la Pobreza no se están cumpliendo a pesar del avanzado tiempo de su compromiso.


La Erradicación de la Pobreza con los Pueblos Indígenas implica un reconocimiento y protección de los derechos tangibles e intangibles relativos a las tierras y territorios, recursos hídricos, suelo y subsuelo, la protección al conocimiento y sabiduría ancestral, el control y respeto a la biodiversidad y el derecho a la libre determinación entre otros derechos elementales.


2.- Valoramos la adopción de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y muy particularmente el reconocimiento del derecho a la libre determinación y los derechos relacionados con las tierras, territorios y sus recursos.


A partir de la adopción de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, entendemos que todos los derechos contenidos en el instrumento tienen plena vigencia, y de el derivan obligaciones jurídicas para los gobiernos, por lo que cualquier violación a los derechos contenidos en la Declaración la interpretamos como un acto de incumplimiento de parte de los gobiernos con el derecho internacional y los derechos humanos de los Pueblos Indígenas.



Demandamos la armonización de los marcos jurídicos y constitucionales de los Estados en base al espíritu y principios de la Declaración de las Naciones Unidas. Para tal efecto, es necesario que los gobiernos se comprometan a su elaboración mediante un proceso de consulta democrática con los pueblos indígenas.


Celebramos que Bolivia haya incluido en su ordenamiento jurídico la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.


Los Estados legítimamente constituidos deben reconocer la naturaleza multicultural, multilingüe, multiétnica superando el lastre socio-político del Estado centralista, asistencialista y clientelar que niega la naturaleza y la contribución que hacemos la riqueza que encarnamos los Pueblos indígenas y el resto de los actores sociales, reconocido en la Convención Internacional sobre Protección y Fomento de la Diversidad Cultural aprobado en la UNESCO.


3.- Los acuerdos de libre comercio y de inversiones, tanto bilaterales como multilaterales, establecidos por los gobiernos, han afectados intrínsicamente todos los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, particularmente los proyectos e inversiones en los ancestrales y tradicionales territorios de los Pueblos Indígenas de parte de las compañías nacionales y trasnacionales. Ejemplos destacados de impacto negativo han sido los proyectos forestales de monocultivos, en depredación de la Biodiversidad, las actividades prospección y extracción de las compañías mineras, los megaproyectos hidroeléctricos, las actividades de las compañías farmacéuticas, la piratería intelectual y biopirateria en general.


Demandamos la suspensión del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, también conocida como “ley de la Semilla”, que pretende imponernos una inaceptable obligación de entrega a las empresas multinacionales de nuestro trabajo y conocimientos milenario sobre las semillas; misma que no permitiremos que sea patentado. Asimismo, rechazamos los compromisos obligatorios de los tratados que ponen en riesgo la Soberanía Alimentaria y la identidad de Pueblos Indígenas y campesinos como es el caso de México con la apertura definitiva a las importaciones de maíz, frijol, y leche bajo el Tratado de Libre Comercio entre Canadá, Estados Unidos y México.


4.- Durante la última década hemos observados y vividos la intensificación de aplicaciones de medidas jurídicas y políticas de criminalización con las legitimas luchas de los Pueblos Indígenas y de los movimientos sociales del hemisferio. Las medidas extremas que han tomado los Estados aplicando leyes antiterroristas y leyes de seguridad interior del Estado, están abiertamente reñidas con los principios elementales de los derechos humanos y en contradicción con principios básicos de cualquier sistema democrático y alejados de los estados de derechos legítimamente constituidos.


Exigimos la despenalización de la protesta social y cumplir con las obligaciones jurídicas internacionales de dar todas las garantías para su expresión socio política, entendiendo que es un derecho humanos básico de la democracia y constituye la expresión de la propia voz en el espacio publico y la movilización de demandas legítimas e históricas.


Exigimos a los gobiernos la libertad de todos los presos de conciencia o presos políticos indígenas que han luchado por el cumplimiento de los derechos de nuestros pueblos.


5.- Las mujeres indígenas han sido victimas de la negación de sus derechos elementales y la desprotección de sus derechos, así como del incumplimiento en la aplicación de los instrumentos internacionales, lo que significa que los sistemas de gobiernos han desatendido una realidad histórica poniendo en desventaja a la mujer en su efectiva participación en los espacios de poder, así como el respeto de los derechos sexuales, reproductivos y el derecho a una vida libre de violencia y discriminación.


Por lo que demandamos el respeto integral de los derechos de las mujeres y en particular de las mujeres indígenas.


6.- En el marco de los conflictos armados internos y de alcance internacional en América los gobiernos han diseminados con minas antipersonal en los ancestrales y tradicionales territorios de los Pueblos Indígenas, es el caso de los Indígenas del norte de Chile, Colombia, Nicaragua, Perú, Ecuador entre otros.


La permanencia de las minas antipersonal en los territorios indígenas particularmente de aquellos que viven en las fronteras constituye una amenaza permanente y representa un freno para el desarrollo, la integración y la convivencia pacifica. Por lo mismo, exhortamos a los gobiernos a que cumplan con la Convención de Ottawa sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción.

Consejo de Todas las Tierras Mapuche –Chile-
Parlamento Indígena de América PIA -Bolivia y Venezuela
Red Mexicana de Acción frente al Libre Comercio (RMALC) -México
MONEXICO: Consejo Indígena de Pueblos Nahuatl y Chorotegas México–Nicaragua/COMPA.
Consejo Pewenche de Lonquimay - Chile
Asociación Indígena de la Republica de Argentina AIRA- Argentina
Consejo de Autónomo Aymara -Chile
Ministerio Poder Popular Pueblos Indígenas -Venezuela
Federación Nacional de Mujeres Campesinas de Bolivia Bartolina Sisa –Bolivia
Confederación Sindical Unica de Trabajadores Campesinos de Bolivia –Bolivia
Sumac Llajta II Región Chile
Consejo de Ayllus y Marcas del Collasuyu CONAMAC - Bolivia
Confederación Sindical de Comunidades de Bolivia – Bolivia
Asociación CODIMA Copiapo III Región Chile
Llamado Mundial a la Acción contra la Pobreza - Perú
Red para la Participación Indígena - Chile


Santiago de Chile 10 de noviembre de 2007

viernes, 16 de noviembre de 2007

Culmina Mesa Iberoamericana de Políticas Públicas en Migración


En el contexto de la XVII Cumbre de Presidentes, y como actividad para la Cumbre por la Amistad e Integración de los pueblos, ayer se llevó a cabo en Santiago de Chile, la Mesa Iberoamericana de Políticas Públicas en Migración.

Reunidos desde las 9 de la mañana en la Biblioteca de Santiago, y hasta pasadas las 7 de la tarde se llevó a cabo el encuentro que combinó diversos temas de migración con las más variadas presentaciones culturales para el público asistente.

Los principales temas que tratados en este encuentro fueron:

- Situación del eje Migración; Refugio y Desplazamiento en Iberoamérica a cargo del Director ejecutivo Internacional de OCIM. En la ocasión se realizará una entrega simbólica informe mundial de migraciones realizado por OCIM para Naciones Unidas.

- Acuerdos Pactados en última cumbre y su evaluación a un año plazo: Cuánto ha cambiado la situación de los DDHH de los migrantes o la integración en Iberoamérica con la participación del Centro de las Culturas.


- Derechos Humanos de los Migrantes, exigiendo derechos migratorios a cargo del Comité de Refugiados Peruanos, de la Federación de Chilenos en el exterior, Fedach y Delia Améstica, madre de Chileno en “Karcelona”


- Cultura, trashumancia, migración y pueblos indígenas en Iberoamérica con la participación del Instituto de Antropología de París, el Observatorio de Pueblos Indígenas y el Consejo Autónomo Aymara


- Migración, niñez y personas mayores a cargo del Colectivo Sin Fronteras Chile, Paicabí , CEC y la Fundación Bandera de los Niños


- Mujer, Género, Trata y Tráfico a cargo del Foro de Mujeres del Mercosur, el Centro de Investigaciones Migratorias, CIM y de la organización Damas del Paraguay


- Refugio y Desplazamiento forzado con la participación de la Fundación Siglo XXI de Colombia, y la Vicaría de la Pastorla Social de Santiago de Chile.


Los principales convocantes a esta reunión fueron:

Observatorio Control Interamericano de los Derechos de los y las Migrantes, Foro Mujeres del Mercosur, Asociación de Refugiados Peruanos, Servicio Pastoral de Migraciones de Brasil, Damas del Paraguay, Centro de las Culturas, Pastoral de Neuquén, Comisión Andina de Juristas, Federación de Chilenos en el exterior, Observatorio de Pueblos Indígenas, Consejo Autónomo Aymara, Colectivo Sin Fronteras Chile, Paicabí, CEC, Fundación Bandera de los Niños, Centro de Investigaciones Migratorias, Fundación Siglo XXI Colombia, Centro de Apoyo al Migrante, Brasil.

miércoles, 24 de octubre de 2007

DECLARACION DEL FORO INTERNACIONAL INDIGENA SOBRE BIODIVERSIDAD



DECLARACION DE CLAUSURA DEL FORO INTERNACIONAL INDÌGENA SOBRE BIODIVERSIDAD (FIIB) EN LA QUINTA REUNIÒN DEL GRUPO DE TRABAJO ESPECIAL DE COMPOSICIÓN ABIERTA ENTRE PERÍODOS DE SESIONES SOBRE EL ARTÍCULO 8 j) Y DISPOSICIONES CONEXAS DEL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA


Gracias Sr. Presidente, hablo en nombre del Foro Internacional Indígena sobre Biodiversidad. Quisiera empezar por darle las gracias por su guía en estas deliberaciones y por apoyar la participación de los Pueblos Indígenas.

Esperábamos que el Gobierno de Canadá se comportase como un anfitrión más honorable y respetuoso, especialmente en los territorios tradicionales de la Nación Mohawk. En todas las discusiones de esta semana hemos advertido falta de buena fe en el enfoque de ciertas Partes. Algunas de las Partes ni siquiera respetan las anteriores decisiones vinculantes de la COP.

La adopción de la Declaración de las naciones unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas es un hecho innegable. Ningún estado puede considerarse exento de estas normas y de sus valores subyacentes de derechos humanos y justicia. Aquellas Partes, Australia, Canadá y Nueva Zelanda que votaron contra la Declaración de la ONU y que pretende subordinar el derecho internacional de derechos humanos a la legislación nacional están ahora actuado del mismo modo para debilitar las obligaciones del CDB de proteger los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades locales sobre nuestro conocimiento tradicional y recursos genéticos.

Código de conducta ética
Agradecemos a los Co-Presidentes y al presidente del grupo de contacto sobre el código de conducta ética por sus esfuerzos y el espíritu constructivo de varias Partes. Gracias a esos países, regiones y grupos que han participado en las discusiones de buena fe. Quedan un grupo de países, como Canadá, Australia y Nueva Zelanda, que buscan subordinar el derecho internacional de derechos humanos a la legislación nacional, desconociendo así sus obligaciones internacionales. Esto es censurable. Como resultado, nuestros poseedores de conocimiento tradicional y nuestros pueblos seguirán siendo vulnerables.

Régimen Internacional
El Grupo de Trabajo sobre 8j debe asumir sus plenas responsabilidades en relación con aquellos elementos del RI sobre ABS que están bajo su mandato, tal como, el libre consentimiento informado previo de los pueblos indígenas, la protección del conocimiento tradicional y de la utilización tradicional sostenible de la biodiversidad.

Sistemas Sui Generis
La elaboración y desarrollo de sistemas sui generis para la protección del conocimiento tradicional es de la mayor importancia para los pueblos indígenas. Creemos firmemente que tales sistemas deberían ser desarrollados dentro del contexto del CDB como parte del trabajo sobre artículo 8j y sus disposiciones conexas.

Jóvenes
Nuestros jóvenes indígenas quieren enviar el siguiente mensaje: "Nosotros, los jóvenes indígenas estamos participando en este proceso dentro del marco del CDB y exigimos ser tomados en cuenta en los procesos de educación y capacitación para que nuestros aportes y participación sean plenas y efectivas, ya que somos los encargados de luchar, velar y transmitir el conocimiento tradicional de nuestros pueblos."

Cambio climático
Una de las políticas adoptadas por los gobiernos para mitigar los impactos del cambio climático ha sido promover los monocultivos reemplazando nuestros bosques nativos. Las Partes han señalado que este no es el foro para tratar este tema, pero el cambio climático amenaza nuestra salud y conocimiento tradicional asociado con la biodiversidad. Los pueblos indígenas somos los que menos contribuimos al cambio climático, pero los primeros en sufrir sus consecuencias. Recomendamos que este Grupo de Trabajo trate el tema en relación con la contribución del conocimiento tradicional de los Pueblos indígenas en la mitigación del cambio climático.

Indicadores
Agradecemos que este Grupo de Trabajo haya tomado la decisión de seguir adelante con el trabajo de indicadores sobre conocimiento tradicional. Este proceso promovido por la COP8 implicó a muchos gobiernos, agencias internacionales, expertos y participantes indígenas. Por este positivo espíritu de colaboración, les damos las gracias.

Conclusión
Recomendamos enérgicamente que se emprenda un proceso similar en el futuro de este Grupo de Trabajo, particularmente en relación con el artículo 10 (c), APB, código de conducta ética, indicadores e implementación nacional. Pedimos que continúe la colaboración con el Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas en este trabajo.


Gracias Sr. Presidente

Hortencia Hidalgo C.
Comunicación FIIB Latinoamérica
hortenciahidalgo@gmail
.com

QUINTA REUNIÒN DEL GRUPO DE TRABAJO ESPECIAL DE COMPOSICIÓN ABIERTA ENTRE PERÍODOS DE SESIONES SOBRE EL ARTÍCULO 8 j) Y DISPOSICIONES CONEXAS DEL CDB



Estimad@s amig@s

Comparto con ustedes las declaraciones de clausura del: Foro Internacional Indígena sobre Biodiversidad, la declaración de mujeres indígenas sobre Biodiversidad y declaración del caucus de jóvenes: emitidas en el término de la Quinta reunión del Grupo de Trabajo Especial de Composición Abierta entre Períodos de Sesiones sobre el Artículo 8J y Disposiciones Conexas del Convenio sobre la Diversidad Biológica.

Los representantes de organizaciones y comunidades de pueblos indígenas de todo el mundo, reunidos en Montreal Canadá, en territorio del pueblo Mohawk,

Cabe destacar los pocos avances logrados y el comportamiento de nuestro anfitrión, Canadá, quien se opone avanzar y niega nuestros derechos como pueblos indígenas, principalmente si se trata de nuestros territorios y recursos genéticos, no se quedaron atrás Australia y Nueva Zelanda,

QUINTA REUNIÒN DEL GRUPO DE TRABAJO ESPECIAL DE COMPOSICIÓN ABIERTA ENTRE PERÍODOS DE SESIONES SOBRE EL ARTÍCULO 8 j) Y DISPOSICIONES CONEXAS DEL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD
BIOLÓGICA




Declaración de Clausura Montreal de la Red de Mujeres Indígenas sobre
Biodiversidad (RMIB)


Gracias Senor Presidente,

A nombre de la Red de Mujeres Indígenas sobre Biodiversidad, expresamos nuestra profunda preocupación por la insistente negación y rechazo del reconocimiento de nuestros derechos como pueblos indígenas y ante la falta de una voluntad política de algunos estados. En respuesta a ello, manifestamos que jamás renunciaremos a nuestros derechos de proteger nuestros conocimientos tradicionales, territorios, aguas y recursos.

Venimos a estas reuniones con el único objetivo de defender nuestras tierras y territorios. Enfrentamos conflictos, represión y violencias. como lo está viviendo en estos momentos el Pueblo Zapara de Ecuador, donde la hermana Gloria Ushigua sufrió un atentado contra su vida.

Rechazamos que el desarrollo de un Sistema de protección Sui Generis sea de naturaleza voluntaria, de alcance limitado y restringido a los contextos nacionales, regionales y locales. Muchos de nuestros pueblos y conocimientos son transfronterizos y necesitan protección internacional. La experiencia en estos procesos ha demostrado que las Partes de CDB no han cumplido con las Directrices de Bonn y con las Directrices Akwe Kon, precisamente por su carácter voluntario.

Exigimos a las Partes que aprueben los indicadores respecto a la realidad enfrentada por los Pueblos Indígenas en cada País Parte de la CDB. En este sentido las partes deben incluir el cumplimiento del consentimiento libre, previo e informado, además es fundamental la participación plena y efectiva de los pueblos indígenas, incluyendo las mujeres indígenas en todos los niveles de procesos de toma de decisiones sobre biodiversidad.

Sr. Presidente

Las mujeres indígenas planteamos que es necesario que la COP 9 renueve el mandato del GT 8J y GT ADB. A seguir colaborando y contribuyendo a la elaboración y negociación del régimen internacional sobre ADB. En este grupo de trabajo que tenemos una voz por lo tanto, es esencial que el GT 8J cumple con el propósito de promover los derechos de los pueblos indígenas a nuestros recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados.

Las mujeres indígenas nos preocupa la posición de negación e invisibilización de la Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos Indígenas de algunos países como: Canadá, Australia y Nueva Zelandia. Estas mismas partes siguen obstaculizando el trabajo.

Estamos con las mejores disposiciones de trabajar.

Muchas Gracias

Por primera vez los jóvenes indígenas del mundo tienen participación como caucus indígena de jóvenes y hacen efectiva su participación en esta reunión.

DECLARACION DE CAUCUS DE JOVENES INDIGENAS

Gracias Señor Presidente

Nosotros, el Caucus de los Jóvenes Indígena de diferentes regiones del mundo, expresamos a las Partes de CBD que estos procesos de negociación del Régimen Sui Generis de Protección a nuestros conocimientos tradicionales, innovaciones y prácticas y el Régimen Internacional de Acceso y Participación de Beneficios van a resultar afectándonos.
Por lo tanto, los jóvenes Indígenas nos hecho presentes dentro de estos procesos de CDB y estamos preocupados por los pocos avances que hemos vistos en estos días.

y nos seguiremos involucrando en estos espacios de participacipon xigimos que seamos tomados en cuenta en los procesos de educación y capacitación, para que nuestra participación y aportes sean plenas y efectivas ya que somos los encargados de velar y transmitir los conocimientos tradicionales de nuestros pueblos a las futuras generaciones.

Reiteramos el protagonismo de los Jóvenes Indígenas en la CDB como titulares de los derechos garantizados por la Declaración de las Naciones Unidas y por la Convención 169 de la OIT que deben ser respetados en conformidad con el articulo 22 de CDB.

Gracias Senor Presidente


Hortencia Hidalgo C.
Comunicación FIIB Latinoamérica
hortenciahidalgo@gmail.com


Montreal – Canadá octubre 2007

viernes, 14 de septiembre de 2007

La ONU aprobó la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas


Con enmiendas introducidas a últimas horas la Asamblea de las Naciones Unidas finalmente aprobó la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas hoy, 13 de septiembre. Cumple así, la máxima instancia de naciones, una deuda histórica con los pueblos indígenas.

Tras más de 20 años de negociaciones dieron fruto hoy con la adopción por la Asamblea General de las Naciones Unidas de la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas, que amparará a 370 millones de personas indígenas del mundo.

Los pueblos indígenas de todo el mundo tienen a partir de ahora el derecho a la autodeterminación, al control de su tierra y sus recursos naturales, y la preservación de su cultura y sus tradiciones, según la declaración aprobada hoy por la Asamblea General de la ONU en Nueva York.

Votaron a favor, 143 países, 4 en contra (Australia, Canadá, Nueva Zelanda y Estados Unidos de Norte América) y 11 se abstuvieron (Azerbaijan, Bangladesh, Bhutan, Burundi, Colombia, Georgia, Kenya, Nigeria, Federación Rusa, Samoa y Ukrania).

La Declaración consta de 46 artículos y establece parámetros mínimos de respeto a los derechos de los pueblos indígenas, que incluyen propiedad de la tierra, acceso a los recursos naturales de los territorios donde se asientan, respeto y preservación de sus tradiciones y autodeterminación.
El documento también reconoce derechos individuales, y colectivos relativos a la educación, la salud y el empleo.

Uno de los puntos más importantes del texto es el referente al apego de los indígenas a la tierra. Varios artículos mencionan su derecho a poseerlas, utilizarlas y desarrollarlas. En este sentido, dispone que los Estados aseguren el reconocimiento y la protección jurídica de esas tierras, territorios y recursos y que no procedan a ningún traslado "sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa".

El texto también hace hincapié en la importancia de la educación bilingüe y alude a la implementación de medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de las condiciones económicas y sociales de los ancianos, mujeres y menores, en particular.
La presidenta de la Asamblea General , la jeque Haya Rashed Al Khalifa; el secretario general de la ONU , Ban Ki-moon; y la alta comisionada para los Derechos Humanos, Louise Arbour dieron la bienvenida a la adopción de la declaración.

La jeque Haya Rashed Al Khalifa dijo que "la importancia de este documento para los pueblos indígenas y, en forma más amplia, para la agenda de los derechos humanos, no puede ser subestimada. Al adoptar la declaración también estamos dando otro paso importante hacia la promoción y protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos".

Sin embargo advirtió que "incluso con este avance, los pueblos indígenas aún enfrentan la marginación, la pobreza extrema y otras violaciones a los derechos humanos".

El secretario general de la ONU , Ban Ki-moon, dio el mismo día una cálida bienvenida a la adopción de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la describió como un triunfo para los pueblos indígenas de todo el mundo.

En una declaración emitida por su vocero, Ban dijo que se trata de un momento histórico en el que los estados miembros de la ONU y los pueblos indígenas han logrado reconciliar sus dolorosas historias y están decididos a avanzar en el camino de los derechos humanos, la justicia y el desarrollo para todos.

Ban hizo un llamado a los gobiernos y a la sociedad civil para que impulsen con urgencia el trabajo de integrar los derechos de los pueblos indígenas a las agendas internacionales de derechos humanos y desarrollo, así como a políticas y programas de todos los niveles, con el fin de garantizar que la visión que sostiene la declaración se convierta en realidad.

El Consentimiento y las enmiendas a la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas




Por Aucan Huilcaman Paillama.

Alrededor de los acelerados acontecimientos que esta sufriendo en la etapa final la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, en el marco de la LXI Asamblea General de Naciones Unidas, surgen legitimas preguntas cuáles son los recursos que disponen los Pueblos Indígena para hacer respetar sus derechos además del dialogo, la participación, teniendo en cuenta de las severas limitantes que introducen las enmiendas. En este sentido y sin pensar en agotar el dialogo como el instrumento de negociación surge y prevalece el derecho a otorgar o no el Consentimiento, últimamente éste derecho a cobrado mucha vigencia, incluso ampliando su concepción como es el consentimiento libre previo e informado.

Se han escrito muchas declaraciones sobre el tiempo de dos décadas que los Pueblos Indígenas invirtieron en el proceso de negociación de la Declaración. Esta posición fue reiterada en la VI sesión del Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas y también se invirtió tiempo en el Caucu indígena para reiterar su decisión de no aceptar la modificación al texto adoptado por el Consejo de Derechos Humanos. Incluso los delegados indígenas fueron más allá y exhortaron a los gobiernos para que adopten urgentemente la declaración y otros invitaron a los gobiernos Co-patrocinadores (México- Guetamala) que no modifiquen su posición por las consecuencias nocivas que podría representar una nueva etapa de negociación (intervención de Les Malezer en VI Sesión Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas de Naciones Unidas, www. Docip) el mandato del Comité Directivo Indígena, fue muy claro, No a la modificación a la Declaración.

Pero todo lo anterior que representa las posiciones de buenas intenciones en los papeles entra en la más profundas contradicción cuando el Comité Directivo Indígena se tomó la libertad de presentar propuestas de textos para introducir cambios. Dichas propuestas fueron presentadas a los gobiernos Co-Patrocinadores de la Declaración. El solo hecho de presentar propuestas de cambios a los gobiernos, constituye una clara señal de apertura a determinadas modificaciones de la Declaración. La presentación de propuestas de cambios de parte del Comité Directivo Indígena, representa consecuencias insospechadas y quebranta absolutamente la confianza de todas las personas y/o organizaciones que han dicho que no acepta cambios. Pero eso no es todo, lo más gráfico de su comportamiento que nunca informaron a las organizaciones de los Pueblos Indígenas sobre sus propuestas de modificación que estaban presentando a los gobiernos.

Este artículo tiene por finalidad comentar breve y urgentemente algunas enmiendas, se subraya “algunas” porque no alcanza el tiempo para ahondar en todas las enmiendas sobre sus aspectos jurídicos y político. Lo sucedido con el Comité Directivo Indígena será materia de otro artículo.


Las enmiendas.
Como se ha visto las enmiendan elimina el párrafo del preámbulo que establece “reconociendo que los Pueblos Indígenas tienen el derecho de determinara libremente sus relaciones con los Estados en un espíritu de coexistencia, beneficio mutuo y pleno respeto”. Este párrafo por un lado fortalece el principio del derecho a la libre determinación como derecho humano fundamental para los Pueblos Indígenas. Pero por otro lado establece un principio de igualad para las relaciones institucionales de parte de los Pueblos Indígenas con los Estados, asunto que hasta el momento no se ha dado. Las actuales relaciones institucionales son las que determinan en gran medida la situación de opresión política y jurídica con los Pueblos Indígenas y sus derechos. Hasta el momento el que ha establecido un tipo de relación con los Pueblos Indígenas son los Estados, son ellos los que hasta el momento se reservan y determinan este derecho.

Otro aspecto es el “beneficio mutuo y el pleno respeto”, estas dos situaciones son complementarias y son determinante para la operatividad del verdadero sentido del principio y el derecho a la libre determinación indígena. El beneficio mutuo es el resultado de un tipo de relación institucional política, cultural y jurídica. En el momento actual y el tipo de relaciones entre Estados y Pueblos Indígenas, no existe beneficio mutuo y pleno respeto, debido, a que las relaciones en todas su dimensión las establecen los Estados en el contexto de la doctrina jurídica de la negación con los Pueblos Indígenas ý sus derechos, y en el mejor de los casos en un contexto de colonización permanente mediante el indigenismo de sus políticas públicas.

Es de fundamental importancia el reconocimiento de los Pueblos Indígenas a determinar libremente las relaciones con los Estados, considerando que a partir de esta premisa política y jurídica se establecen las relaciones institucionales y determinan categóricamente los otros derechos colectivos, preferentemente aquellos de orden culturales, espirituales y lingüísticos. A este respecto, cabe un ejemplo ilustrativo en lo referente a la Educación Bilingüe y multicultural. Estos derechos en termino practico y raíz de del tipo de relación que persiste de parte de los Estados con los Pueblos Indígenas, la Educación Bilingüe intercultural tienen un limite político en el marco institucional de los Estados.

El preámbulo de enmienda que establece “reconociendo también que la situación de los Pueblos Indígenas varía de región a región y de país a país y que significado de las particularidades nacionales y regionales y la diversidad de los antecedentes históricos y culturales se deberían tomar en consideración”. Esta enmienda es propia de un reglamento o de algún tipo de ordenanza jurídica y administrativa local, pero se aleja absolutamente a la naturaleza de una Declaración. Con esta enmienda pierde sentido jurídico la Declaración, teniendo en cuenta que ahonda en cuestiones demasiadas específicas que no contribuye a establecer principios generales características básicas y elementales de una Declaración de Derechos Humanos. Solo una ligera comparación con la Declaración Universal de Derechos Humanos pone en evidencia el alejamiento que se produce entre uno y otro instrumento.

La enmienda cuando establece “reconociendo que la situación de los Pueblos Indígenas varía de región a región y de país a país”, no aclara a qué situación se refiere, el concepto de “situación” es tan amplia y ambigua como se merezca y queda en la más soberana interpretación de los Estados, así como de los Pueblos Indígenas. Una Declaración es un marco jurídico de un conjunto de principios generales para resolver controversias manifiestas o subyacentes, pero este tipo de redacción solo provocará mayor controversia si cada cual lo interpreta a su manera, cuando se afirma de “región a región, de país a país”

El articulo 46.- y la enmienda que se introduce “o se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes” a la luz de su expresión, es un candado jurídico y político que permanecerá indefinidamente en el tiempo y claramente establece un limite al derecho de territorio de los Pueblos Indígenas, pero también limita “institucionalmente” el derecho a la libre determinación que se reconoce en otros artículos de la Declaración. En esta enmienda se establecen definitivamente condicionantes jurídicas, políticas e institucionales de parte de los Estados con los Pueblos Indígenas.

Los actos jurídicos de buena fe de cobertura nacional, comúnmente no establecen cláusulas restrictivas, sino, más bien determinan mecanismos que solucionan determinadas controversias no previstas. Sin embargo, el texto en cuestión es una Declaración de Derechos Humanos que por naturaleza no debe contener restricciones, ni condicionantes. No existen declaraciones que contengan prohibiciones como están contenidas en las enmiendas de este artículo.

Esta enmienda por un lado pone límite al derecho a la libre determinación indígena y son los argumentos jurídicos y constitucionales que permanentemente utilizan los Estados para someter y sojuzgar a los Pueblos Indígenas y frenar cualquier proceso de ampliación al derecho territorial y particularmente en aquellos pueblos que sus territorios han sido ocupados por empresas trasnacionales entre otros.

A partir de la introducción de esta enmienda en una Declaración global de Derechos Humanos sobre los Pueblos Indígenas, los Estados disponen de un instrumento jurídico que utilizarán en contra de los Pueblos Indígenas. Considerando que todas las luchas o reivindicaciones de derechos territoriales de los Pueblos Indígenas, será interpretado como una amenaza para la integridad parcial o total de los Estados.

Esta enmienda limitará concretamente los derechos de aquellos Pueblos indígenas, que viven en las fronteras territoriales de los Estados, seria extensa la lista de los pueblos Indígenas que viven en las fronteras de los Estados. Centro y sur América son casos ejemplares en donde los Pueblos Indígenas viven en las fronteras Estatales.

Esta es una enmienda que los Pueblos Indígenas conceden gratuitamente a los Estados y se establece un paradigma de relaciones institucionales entre los Estados y Pueblos Indígenas, es decir, se mantiene el Estatus Quo, por lo mismo, resulta totalmente adverso, lo que se pretendía modificar con la adopción de la Declaración.

Esta enmienda establece y fortalece un tipo de relación colonial con los Pueblos Indígenas y sus derechos, por ende el derecho a la libre determinación se desvanece en términos prácticos, en vista que la actual relación institucional de los Estado con los Pueblos Indígenas en el caso de América se ha construido jurídica y políticamente alrededor de dos siglos y el derecho a la libre determinación indígena es una situación inexistente, requiere de modificación estructurales profundas de los Estados en las relaciones con los Pueblos Indígenas, pero esas modificaciones estructurales podría interpretarse como un menoscabo a la unidad parcial o total de los Estados.

Los Estados funcionan con leyes e instrumentos jurídicos, por tanto, desde la adopción de la Declaración de parte de la Asamblea General de Naciones Unidas, y si se mantienen estas y otras enmiendas los gobiernos dispondrán de un nuevo instrumento que le salvaguarda sus derechos e intereses institucionales, políticos y jurídicos.

El Consentimiento.
El consentimiento es el último derecho fundamental que le restan a cada una de las organizaciones y a cada Pueblo Indígena. La Declaración establece el derecho al Consentimiento, sin embargo, este derecho no esta siendo ejercido en éste momento crucial, por lo mismo, se podría entender que la Declaración en sí y en su etapa final esta viciada por falta de Consentimiento de sus destinatarios, sobre el derecho al consentimiento previo libre e informado se ha escrito mucho, el propio Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas, realizo un seminario, si se tuviera que atener a las conclusiones de ese seminario el proceso estaría viciado, lo curioso de los hechos que todos se han olvidados.

La posición conjunta de las organizaciones indígenas de Centro y Sur América sobre las enmiendas, subraya el ejercicio del derecho al consentimiento, los propiciadores de la posición claramente no están Consintiendo una decisión forzada. La urgencia de los hechos no es razón suficiente para tomar una decisión que afecte y limite los derechos de las actuales y futuras generaciones de los Pueblos Indígenas.

La hora indígena de la ONU




Martes 11 de septiembre de 2007 - Opinión –
Magdalena Gómez .México


El destino de la Declaración de derechos de los pueblos indígenas en la 61 Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas deberá decidirse en esta semana. El panorama no está claro, a pesar de los intentos por lograr una concertación que garantice la aprobación del emblemático documento por parte de un grupo integrado por los gobiernos que apoyan su aprobación, conocidos como los copatrocinadores, entre los cuales están Guatemala, México y Perú.


El 29 de junio de 2006 el Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó la declaración referida después de 22 años de negociaciones. A finales del año pasado, el 23 de diciembre, un país africano, Namibia, en acuerdo con el resto de naciones de su región, logró aplazar la decisión de la asamblea general respecto de la aprobación o rechazo del texto que comentamos. Entre sus argumentos estaba algo inaceptable en términos del derecho internacional, esto es, que la declaración entraba en contradicción con las normas constitucionales internas de varios de esos países. Cabe aclarar que la Declaración es un instrumento normativo, no vinculante, que confirma los derechos humanos de más de 370 millones de indígenas de todas las regiones del mundo y, como tal, no exige cumplimiento constitucional.


La semana pasada se dio a conocer a través de las redes en Internet que sin participación indígena se logró un acuerdo que ha sido negociado entre el grupo de estados africanos y los copatrocinadores para la adopción de la Declaración, incluyendo nueve enmiendas.


De dichas propuestas de modificación al texto, aprobado en junio de 2006, destaca la relativa al artículo 46, que actualmente dice: “Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que confiera a un Estado, pueblo, grupo o persona derecho alguno a participar en una actividad o realizar un acto contrarios a la Carta de las Naciones Unidas” y con la enmienda se le agrega: “o se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar total o parcialmente la integridad territorial o la unidad política de estados soberanos e independientes” . El ya clásico fantasma de la balcanización se introduce de último momento, con lo cual se reproduce la limitante del convenio 169 de la OIT, que ha sido muy criticada porque señala que la utilización del término pueblo no deberá entenderse en el sentido que a éste se confiere en derecho internacional.


Este acuerdo informal supone que se logrará la aprobación del texto enmendado, pues los estados africanos se comprometen a votar en contra de otras propuestas del grupo de estados que se han mostrado en abierta oposición a disposiciones básicas de la declaración, entre los que destacan Australia, Nueva Zelanda, Estados Unidos y Canadá.


Por lo pronto, de la parte indígena se observan serias contradicciones, pues organizaciones centro y sudamericanas se han manifestado en contra de las enmiendas, entre ellas el Consejo de Todas las Tierras, Mapuche, el Área Mujer Mapuche, el Consejo Autónomo Aymara, Consejo Nacional Aymara, de Arica, Chile; la Confederación de Nacionalidades Indígenas Ecuatorianas (Conaie), la Ecuarunari, un representante del pueblo kuna, Panamá; organizaciones guatemaltecas, como Conavigua, Coordinación y Convergencia Nacional Maya, Mojo Mayas, Coordinadora de Organizaciones Resarcimiento Pueblo Maya, Confederación de Nacionalidades Indígenas del Perú (Conaip), Movimiento al Socialismo Andino Amazónico (MASA) .


Este grupo manifestó el pasado 7 de septiembre: “Recordamos que la Declaración ha venido sufriendo cambios que disminuyen sus contenidos. Y revisadas cada una de las nueve enmiendas presentadas por el Grupo Africano, todas están en el espíritu de debilitar y restringir su alcance”. En conclusión señalaron: “No apoyamos ni aprobamos ninguna de las enmiendas que afectan el texto de la Declaración”.


En contraste, a través de la notiteca del Fondo Indígena se conoció la siguiente declaración que señala: “El Comité de Coordinadores Regionales del Cónclave Mundial de los Pueblos Indígenas ha decidido aceptar las enmiendas al texto de la Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas y demanda a los estados su inmediata aprobación en la jornada del 13 de septiembre en que se tratará el tema en la asamblea general de la ONU. Y agregaron que, pese a las dudas expresadas, es muy significativo el nivel de apoyo recibido de los pueblos indígenas para que los estados presentaran la declaración modificada para la adopción sobre la base de las muchas disposiciones importantes salvaguardadas en la Declaración”.


Es lamentable que el movimiento indígena que ha participado de este proceso se presente dividido en la hora definitiva, cuando había cerrado filas durante años en defensa del proyecto original. Pronto conoceremos los movimientos de último momento de los estados que hegemonizan en la ONU y que no son partidarios de los derechos de los pueblos indígenas. La moneda está en el aire.

POSICION DE LAS ORGANIZACIONES DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DE CENTRO Y SUR AMERICA SOBRE LA DECLARACION DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

Las organizaciones de los Pueblos Indígenas abajo firmantes, consideramos oportuno reiterar nuestra posición sobre la Declaración de los derechos de los Pueblos Indígenas, contenidas en la Declaración adoptada por el Consejo de Derechos Humanos durante el año 2006. Asimismo, hemos revisados las 9 enmiendas presentadas preferentemente por el Grupo Africano, en el marco de la LXI Asamblea General de Naciones Unidas 2007.

1.- Los Pueblos Indígenas mediante sus representantes durante más de dos décadas dedicaron atención, esfuerzos y sacrificios para discutir con los gobiernos del mundo la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas.

2.- Los gobiernos no aceptaron el texto adoptado por la Subcomisión de Prevención de Discriminación y Protección a las Minorías. A raíz de lo mismo, se adopto un texto diferente en el Grupo de Trabajo Abierto de la extinta Comisión de Derechos Humanos.
3.- Luego que el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptó la Declaración junio 2006, la gran mayorías de las organizaciones de los Pueblos Indígenas del mundo, han apoyado el texto y han exhortados a los gobiernos para adoptar la Declaración sin ningún tipo de modificación. Esta posición fue reafirmada por todos los participantes del Conclave Indígena de la VI sesión del Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas durante el mes de mayo 2007.

4.- La satisfacción de los Co-Patrocinadores ante el Grupo Africano sobre salvaguardar el derecho a la libre determinación, tierras, territorios, y recurso naturales… () lo entendemos como una interpretación genérica de los derechos colectivos, pero teniendo en cuenta las enmiendas entran en contradicción con el derecho a la libre determinación entre otros derechos. Además, sino, se salvaguardan dichos derechos la Declaración seria un instrumento sin contenidos, lo que resultaría un absurdo jurídico.

5.- Recordamos que la Declaración ha venido sufriendo cambios que disminuyen sus contenidos. Y revisadas cada una de las 9 enmiendas presentadas por el Grupo Africano, todas están en el espíritu de debilitar y restringir su alcance. Además, las enmiendas están siendo negociadas únicamente entre representantes gubernamentales, sin la participación de los representantes indígenas.

Por tanto:

NO apoyamos, ni aprobamos ningunas de las enmiendas que afectan al texto de la Declaración, y reiteramos a los gobiernos nuestra firme posición de apoyo a la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada por el Consejo de Derechos Humanos en junio 2006.



FIRMAN


Organización Nombre Pueblo - Paìs


Consejo de Todas las Tierras, Aucan Huilcaman P. Mapuche- Chile

Área Mujer Mapuche Nelly Ayenao Cotrena Mapuche -Chile

Consejo Autónomo Aymara de Arica Angel Bolaño Aymara - Chile

CONAIE Luis Macas-Presidente Quichua - Ecuador

ECUARUNARI Humberto Cholango Quichua - Ecuador

Diputado Asunto Indìgena Raúl Ilaquiche Quichua - Ecuador

Atencio López Atencio López Kuna - Panamá

CONAVIGUA Lucia Quila Quiche - Guatemala

Coordinación y Convergencia Rodolfo Pocop Maya - Guatemala
Nacional Maya Waqib Kej


MOJO MAYAS Efraìn Vicente Maya - Guatemala

Coordinadora de Organizaciones Marìa Toj Maya - Guatemala
Resarcimiento Pueblo Maya

Confederación de Nacionalidades Lucio Ramìrez Quechua - Peru
Indìgena del Peru - CONAIP

Movimiento al Socialismo Andino Javier Lajo Quechua - Peru
Amazónico - MASA

Consejo Nacional Aymara Richard Fernández Aymara - Chile
De Arica

Asociacion Napguana Nelson De Leon Kantule Kuna-Panama




4 de Agosto 2007

jueves, 13 de septiembre de 2007

Corte de Arica admite recurso contra Intendenta de Tarapacá


Ofensiva Judicial Aymara contra Exploraciones Mineras en Reserva Nacional Las Vicuñas

05/09/2007
primeraplana. cl / Arica

La Corte de Apelaciones de Arica declaró admisible un recurso de protección constitucional en contra de la intendenta de Tarapacá, Antonella Sciaraffia, en representació n del Consejo Regional del Medio Ambiente (COREMA), presentado por el Consejo Autónomo Aymara. Dicha acción judicial cuestiona la autorización para la realización de prospecciones mineras en la Reserva Nacional Las Vicuñas, por parte de la sociedad minera Vilacollo S. A.

Hortensia Hidalgo, representante del grupo Aymara señaló que “llama poderosamente la atención que la intendenta Antonella Sciaraffia haya participado de una decisión tan relevante que afectará al patrimonio cultural de las comunidades indígenas Aymaras de la zona”.


Agregó que “esta decisión pone en evidencia los compromisos prioritarios de la intendenta con los grupos económicos del país en desmedro de los habitantes del lugar. Esta resolución constituye una clara perdida de confianza con las comunidades indígenas y las organizaciones sociales y vecinales de la nueva región”.

El Consejo Aymara dio a conocer a la opinión pública que la autorización de parte de la COREMA es ilegal y además representa una decisión apresurada en beneficio de los grupos económicos. También afirman que habría ignorado los instrumentos jurídicos de orden nacional, incluso aquellos relativos al derecho internacional como son el Convenio de Diversidad Biológica, la Convención RAMSAR y la Convención de Washington. Todos los instrumentos internacionales mencionados tienen por objeto la preservación de los recursos, la protección y conservación de la biodiversidad y del patrimonio cultural de las comunidades locales e indígenas.


El área en cuestión, que será objeto de prospección por parte de la Minera Vilacollo, corresponde a territorios ancestrales de las comunidades indígenas del Pueblo Aymara. Es el espacio natural y culturalmente construido y tienen estrecha relación con áreas de actividades espirituales aymaras.

Hortensia Hidalgo indicó que “la empresa minera y sus vínculos en otras actividades económicas han generados situaciones desastrosas afectando la vida, la salud de los habitantes del país, han destruido la biodiversidad y en otros casos han sido sancionados a raíz de la falta de compromiso con el medio ambiente”.


Finalmente, la representante del Consejo Aymara dijo que “hacemos un llamado a las organizaciones sociales a sumar esfuerzos de unidad y entendimiento para frenar la arremetida de los grupos económicos que son los responsables de la desigualdad social y la pobreza con la mayoría de los habitantes del país”.


PREOCUPACION PARLAMENTARIA


Ya a mediados de agosto, el senador PPD, Guido Girardi había planteado públicamente su preocupación por la aprobación de esta iniciativa, acusando al gobierno regional de violar la ley para favorecer a una empresa ligada a Copec.

"Esta es una situación vergonzosa, no tendríamos por qué estar acá alegando y defendiendo algo que tiene pleno resguardo, plenas garantías, donde hay un conjunto de leyes que establecen protección y además una protección que es absolutamente clara", dijo Girardi en esa oportunidad
.

"Lo grave de esta situación es en términos de la participación ciudadana, ni las organizaciones, ni la ciudadanía han tenido la posibilidad de conocer este proyecto", dijo por su parte la directora ejecutiva de la Fundación Terram, Flavia Liberona.


Adicionalmente, en esa ocasión se anunció la creación de una comisión investigadora y la evaluación de una eventual acusación constitucional en contra de la intendenta Sciaraffia

http://www.primeraplana.cl/noticias_detalle.php?recordID=1753

miércoles, 12 de septiembre de 2007

MINISTRA URIARTE PIDE REVISAR AUTORIZACIÓN DE COREMA Y ABRE PUERTA A INVALIDACIÓN


Martes 11 de septiembre de 2007

Busca que proyecto en reserva nacional Las Vicuñas pase por un Estudio de Impacto Ambiental

Por José Miguel Jaque / La Nación

Diputados exigirán hoy a la ministra una norma clara sobre las intervenciones mineras en áreas protegidas.


Intendenta Antonella Sciaraffia deberá explicar por qué aprobó exploración minera en una reserva nacional con una simple declaración de impacto ambiental. El tema ha levantado tanta polvareda que Uriarte asistirá hoy a la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados

Punto para Fernando Dougnac. El abogado de la Fiscalía de Medio Ambiente lo dijo hace una semana: la Ley 19.880 sobre Procedimientos Administrativos faculta al director ejecutivo de Conama para instruir a la cabeza de la Corema de la Primera Región que revise la aprobación del proyecto Choquelimpie en la Reserva Nacional Las Vicuñas. Por eso, los parlamentarios de la resucitada bancada verde le solicitaron a la ministra Ana Lya Uriarte que mandatara al director de la Conama a hacerlo.

La titular de Medio Ambiente quedó, en ese entonces, de revisar la ley. Lo hizo y solicitó al director de Conama, Álvaro Sapag, que iniciara un procedimiento administrativo destinado a examinar la juridicidad de la resolución que autorizó el proyecto el pasado 10 de julio de 2007. El primer paso de Sapag será solicitar a la cabeza de la Corema regional, la intendenta Antonella Sciaraffia, que informe sobre el procedimiento y los argumentos jurídicos para aprobar, vía Declaración de Impacto Ambiental (DIA), la polémica exploración minera.

Paso dos: Sapag solicitará a los servicios públicos con competencia ambiental que estime convenientes para los efectos de este proyecto, si corresponde o no la invalidación de la autorización.
Paso tres: el director de Conama pedirá un informe al titular del proyecto -Minera Vilacollo, filial del grupo de Empresas Copec- para que explique bajo qué normativas y permisos justifica el proyecto en esa área.

Uriarte busca que se invalide la autorización para que el proyecto sea evaluado mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). ¿Qué implica un EIA? Que el titular presente línea de base, se haga cargo de los impactos ambientales y de la manera de mitigarlos. Además, se activa la participación ciudadana para que los actores de la comunidad involucrados presenten sus observaciones. La comunidad aymara ya se adelantó: el viernes 31 de agosto presentó un recurso de protección en contra de la intendenta Sciaraffia como representante de la Corema , que fue admitido el lunes siguiente por la Corte de Apelaciones de Arica. "Si hay participación ciudadana, haremos valer el derecho colectivo fundamental de nuestro pueblo indígena y para eso hay instrumentos internacionales, como la Convención de Biodiversidad Ambiental de Río, la Convención de Washington y las normas de la Convención Americana de Derechos Humanos", explica Hortencia Hidalgo, vocera Consejo Autónomo Aymara.

A dos cuadras de las oficinas de Conama, la bancada verde hizo su aparición callejera. Ya se habían reagrupado para advertir al Gobierno que no aprobarían proyectos del Ejecutivo mientras la exploración minera no fuera detenida y ayer entregaron una carta en La Modena donde instan a la Presidenta Bachelet a revocar el proyecto Choquelimpie.

En la misiva de tres hojas, parlamentarios y ecologistas señalan que la aprobación para la minera Vilacollo es una más de muchas acciones en perjuicio del Sistema de Áreas Silvestres Protegidas. Sin embargo, la entrega de la carta fue un acto simbólico: el senador Girardi y compañía se reunieron hace dos semanas con el ministro del Interior, Belisario Velasco, para pedirle que, como superior jerárquico, instruya a la intendenta a revocar el permiso. Nada de eso ocurrió

http://www.lanacion.cl/prontus_noticias_v2/site/artic/20070910/pags/20070910211511.html

domingo, 9 de septiembre de 2007

¡ NO AL NEOLIBERALISMO !.




Aquí algunas fotos del 29 de Agosto de la Jornada Nacional de movilización y acción sindical ¡ NO AL NEOLIBERALISMO !. Donde el Consejo Autónomo Aymara (CCA) Se hizo presente manifestando las siguientes demandas:

Reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas

Por la ratificación del Convenio 169 de la OIT

Participación política indígena (Sistema Binominal)

No a la minería en territorio aymara


A CONQUISTAR UN ESTADO SOCIAL, DEMOCRATICO Y SOLIDARIO

lunes, 3 de septiembre de 2007

NO A LA MINERIA


Kamisaraki Jilatanaka kullakanaka

El Consejo Autónomo Aymara CCA, comunica que el día viernes hemos presentado un recurso de protección constitucional en contra de la intendenta Antonella Schiarafia en representación del Consejo Regional del Medio Ambiente (COREMA), Por autorizar el proyecto minero de la sociedad minera Vilacollo S. A. en la reserva nacional las Vicuñas. Hoy nos dieron su resultado y es admisible, así que comienza su curso.

NO A LA MINERIA
POR LA LIBRE DETERMINACIÒN DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

miércoles, 29 de agosto de 2007

DECLARACION PÚBLICA CONSEJO AUTÒNOMO AYMARA


El Consejo Autónomo Aymara CAA, emite la siguiente declaración ante la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente COREMA, en cuanto a autorizar actividades de prospección de la Minera Vilacollo en el Parque Nacional las Vicuñas.

1.- Llama poderosamente la atención que la Intendenta Antonella Sciaraffia haya participado de una decisión tan relevante que afectará al patrimonio cultural de las comunidades indígenas Aymaras de la zona. Esta decisión pone en evidencia sus compromisos prioritarios de la intendenta con los grupos económicos del país en desmedro de los habitantes del lugar. Esta resolución constituye una clara perdida de confianza con las comunidades indígenas y las organizaciones sociales y vecinales de la nueva región.

2.- Subrayamos que la autorización de parte de la COREMA, es ilegal y además representa un decisión apresurada en beneficio de los grupos económicos, que no tiene en cuenta los instrumentos jurídicos de orden nacional y particularmente aquellos relativos al derecho internacional como son el Convenio de de Diversidad Biológica, la Convención RAMSAR y la Convención de Washington. Todos los instrumentos internacionales mencionados tienen por objeto la preservación de los recursos, la protección y conversación de la biodiversidad y la protección del patrocinio cultural de las comunidades locales e indígenas.

3.- Cabe recordar que el área que será objeto de prospección por parte de la Minera Vilacollo son territorios ancestrales de las comunidades indígenas del Pueblo Aymara del lugar, es el espacio natural y culturalmente construido y tienen estrecha relación con áreas de actividades espirituales de las comunidades indígenas.

4.- La resolución de COREMA lamentablemente representa un compromiso con los grupos económicos que no han mostrado una preferencia con la conversación, ni respeto con un desarrollo sustentable. Dicha empresa minera y sus vínculos en otras actividades económicas han generados situaciones desastrosa afectando la vida, la salud de los habitantes del país, han destruido la biodiversidad y en otros casos han sido sancionados, a raíz de la falta de protección con el medio ambiente.

5.- El Consejo Autónomo Aymara anuncia que en los próximos días concurriremos a los tribunales para hacer respetar los derechos que en el contexto de la prospección se vulnerarán, asimismo, anunciamos que recurriremos a los tribunales internacionales para denunciar esta grave situación, considerando que se esta incumpliendo los compromisos internacionales de las autoridades del país.

6.- El Consejo Autónomo Aymara, exhorta a la intendenta Antonella Sciaraffia, que manifieste muestra de compromiso con los habitantes de la región y particularmente con los Aymaras, de lo contrario su función será un factor de controversia, de conflictos sociales y culturales que no deseamos.

7-. Hacemos un llamado a las organizaciones sociales a sumar esfuerzos de unidad y entendimiento para frenar la arremetida de los grupos económicos que son los responsables de la desigualdad social y la pobreza con la mayoría de los habitantes del país.


Hortencia Hidalgo C.
Consejo Autónomo Aymara



Ángel Bolaños F.
Consejo Autónomo Aymara



Arica, 27 Agosto 2007

lunes, 27 de agosto de 2007

PROPUESTA SOBRE PARTICIPACIÓN INDIGENA EN LA REFORMA AL SISTEMA BINOMINAL





Propuesta sobre participación indígena al proyecto de reforma al sistema Binominal.. Fue recibida por los diputados René Alinco, Guillermo Ceroni, Jaime Quintana, Guido Girardi [padre], Tucapel Jiménez, Sergio Aguiló y Ramón Fiarías, entre otros. El grupo de parlamentarios fue encabezado por el Diputado Carlos Marco Enríquez-Ominami

Las organizaciones de los Pueblos Indígenas de Chile abajo firmantes presentamos a la Honorable Cámara de Diputados una propuesta sobre Participación Política Indígena en el contexto de la Reforma al Sistema Binominal, que modifica la Ley N. 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

FUNDAMENTACIÓN
Antecedentes generales

1.- Consideramos que la reforma al sistema electoral constituye una aspiración central de la ciudadanía en general y de los Pueblos Indígenas en particular, quienes aspiran a participar en un proceso democratizador y en las decisiones fundamentales del país en un contexto autonómico, como lo establece el Derecho Internacional basado en la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, adoptado por su Consejo de Derechos Humanos en 2006, la cual consagra en su articulo 3.- que “Los Pueblos Indígenas tienen el derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”, y en el mismo articulo 3.-bis establece que “Los Pueblos Indígenas, al ejercerse su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o el autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como los medios para financiar sus funciones autónomas”. Y asimismo, el articulo 4, referente a la participación política indígena, el cual señala que “Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez sus derechos a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado”.


2.- La propuesta tiene por objeto establecer de manera institucional el derecho a la participación política de los Pueblos Indígenas, con la finalidad de erradicar la exclusión histórica de la que han sido objeto las comunidades indígenas de Chile, basándose en los estándares internacionales, las Recomendaciones de la Comunidad Internacional al Estado de Chile, el principio del Derecho a la Participación en todos los asuntos que nos afectan, y el Derecho a la Autodeterminación establecido en el Derecho Internacional contemporáneo. Exclusión Histórica y Discriminación


3.- Desde la formación del Estado Chileno, los Pueblos Indígenas han sido objeto de exclusión y discriminación en todas sus manifestaciones, a pesar que el país ha experimentado históricamente un ascenso sobre formas de participación democrática que han comprendido, por ejemplo, el voto sencitario del siglo XIX y el reconocimiento del derecho a sufragio a la mujer. Sin embargo, la clase política chilena no ha subsanado la exclusión y la discriminación con los Pueblos Indígenas; al contrario, se ha establecido una doctrina de la negación con las comunidades indígenas del país. Los Partidos Políticos y los Pueblos Indígenas

4.- Las organizaciones de los Pueblos Indígenas consideramos que los partidos políticos son una manera legitima de organización política de la sociedad chilena, sin embargo, en su relación con los Pueblos Indígenas estos han mantenido una estructura de subordinación y colonialismo interno. Esta situación ha favorecido la invisibilización y la negación de los Pueblos Indígenas y sus derechos.

La Ley Indígena y su limitado derecho a la participación

5.- La ley indígena 19.253, establece el derecho a la participación en el artículo 34.-, el cual señala que “Los servicios de la administración del Estado y las organizaciones de carácter territorial, cuando traten materias que tengan injerencia o relación con cuestiones indígenas, deberán escuchar y considerar la opinión de las organizaciones indígenas que reconoce esta ley”. Este tipo de participación resulta totalmente limitado, considerando además que el nivel institucional en que se abordan las cuestiones indígenas es marginal en el contexto de la estructura del Estado chileno, lo que impide tratar las cuestiones fundamentales de los Pueblos Indígenas.

El Derecho Internacional a la Participación Indígena

6.- A pesar de la exclusión y racismo que son objeto los Pueblos Indígenas en el país, el Derecho Internacional ha avanzado progresivamente en cuanto a establecer y garantizar el Derecho a la Participación Indígena. La citada Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas establece que “los Pueblos Indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, vida y destino, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones”.

La Comunidad Internacional y los Pueblos Indígenas

7.- La comunidad internacional ha venido observando la desprotección jurídica y constitucional de los Pueblos indígenas y sus derechos en Chile. En este sentido, el Relator Especial de Naciones Unidas establece valiosas recomendaciones en el informe E/CN.4/2004/80/Add.3; asimismo el Comité Internacional sobre el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DECS). Los días 14 y 15 marzo de 2007, en lo que respecta al sistema binominal, el Comité de Derechos Humanos en su 89º periodo de sesiones CCPR/CCHl/5, recomendó al Estado de Chile que “El Estado parte debería acrecentar sus esfuerzos para superar los obstáculos políticos que impiden la reforma de la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, a fin de garantizar en igualdad el derecho al sufragio universal, establecido en el articulo 25 del Pacto”. Práctica Política Internacional sobre el Derecho a la Participación Indígena
8.- Existen variadas experiencias internacionales de reconocimiento del derecho a la participación de los Pueblos Indígenas. Países como Colombia y Venezuela nos reportan experiencias positivas sobre la inclusión de los Pueblos Indígenas en el marco de un proceso creciente de democratización. La Constitución Bolivariana , por ejemplo, establece el derecho a la participación de la siguiente manera: “Los Pueblos Indígenas tienen derecho a la participación política. El Estado garantizará la representación indígena en la Asamblea Nacional y en los cuerpos deliberantes de las entidades federales y locales con población indígena, conforme a la ley”. Así también la experiencia de autonomía del Pueblo Indígena Sami de Noruega, la cual se expresa en la creación y funcionamiento de un Parlamento Sami: “El Parlamento Sami se encarga de cuestiones tales como la educación, la lengua, reforzar sus instituciones políticas, la protección del medio ambiente y la cultura, el desarrollo económico y la cooperación internacional de los Sami… El Parlamento Sami tiene jurisdicción sobre todos los asuntos que en opinión del Parlamento afectan particularmente al pueblo Sami”. Un Bicentenario Sin Discriminación ni Exclusión

9.- El proceso de Democratización en Chile, da cuenta que los pueblos Indígenas siguen siendo objeto de la doctrina de la negación. Porque resulta inaceptable para un sistema democrático arribar a la conmemoración de un Bicentenario manteniendo la exclusión política y la discriminación con los Pueblos Indígenas del país, la Reforma al Sistema Binominal es una propicia oportunidad para establecer un mecanismo de participación política de los Pueblos Indígenas, de esta manera asegurando una convivencia pacifica basada en un Diálogo Institucional entre el Estado Chileno y los Pueblos Indígenas del país.

PROPUESTA
Representantes Indígenas en el Parlamento Chileno
10.- Se propone, aplicando el principio de acción positiva que orienta los avances del derecho internacional en materia de reconocimiento del derecho a la participación de los pueblos indígenas, y la experiencia internacional en la materia, y que en Chile ha motivado la discusión sobre la Ley de Cuotas para asegurar la igualdad de oportunidades de participación política para las mujeres; la participación institucional de un número de cinco Diputados Indígenas en la Cámara Baja y dos Senadores indígenas en el Senado. Procedimientos de Elección
11.- Se procederá a elegir a los postulantes tanto a la Cámara de Diputados como al Senado mediante un procedimiento basado en la auto identificación indígena y en los procedimientos que los mismos Pueblos Indígenas definan como válidos en el ejercicio de su Derecho a la Libre Determinación.

HORTENCIA HIDALGO
Consejo Autónomo Aymara

AUCAN HUILCAMAN PAILLAMA
Consejo de Todas las Tierras


ANICETO NORIN CATRIMAN
Comunidad Diádico – Malleco

PASCUAL PICHUN PAILLALAO
Comunidad Temulemu

Chile, 18 de abril de 2007

domingo, 12 de agosto de 2007

Mutilados en el olvido






Estimad@s Amigos y Amigas:


Compartimos con ustedes la síntesis del Video Mutilados en el olvido. Video que refleja casos de hermanos indígenas mutilados del norte de Chile por minas antipersonales. Las minas antipersonal diseminadas en los territorios tradicionales de los Pueblos Indígenas Aymara, Quechua y Atacameños-Lickanant ay, se efectuaron en un contexto político de conflictos armados y controversias Internacionales entre Chile, Perú y Bolivia, situación que determinó las fronteras de los Estados nacionales y para las comunidades indígenas representó la conculcación de los derechos colectivos relativos a las tierras, territorios y sus recursos, el desarrollo y particularmente el ejercicio del derecho a la libre determinación.

Las declaraciones del Ministro del interior del Estado de Chile Belisario Velasco con motivo a una manifestación publica efectuadas por ciudadanos Peruanos en Tacna alrededor de la línea de concordia, con fecha 03 de abril del 2007, dio cuenta de la amenaza de las minas antipersonal “advertimos del peligro que representan las bombas antipersonal, que se encuentran en la frontera, con el invierno altiplanico se ha podido comprobar que hay minas que se desplazan y que están en otros lugares en que todavía no se han efectuado el retiro de estas, entonces, es altamente riesgoso que alguien cruce por este sector del territorio” (diario La Tercera , El Mercurio, La Segunda 03, de abril 2007) Estas declaraciones representa un progreso muy significativo para las organizaciones de los Pueblos indígenas abocados en la promoción y protección de los derechos humanos, considerando que por primera vez una autoridad del mas alto nivel del Estado de Chile reconoce que parte importante del territorio nacional que determinan las fronteras entre Chile, Perú y Bolivia están minados y los artefactos explosivos se encuentran diseminados en el ancestral territorio de los Pueblos Indígenas Aymara, Quechua y Atacameños-Lickantay .

Hortencia Hidalgo

Consejo Autònomo Aymara

jueves, 19 de julio de 2007

CARTA ENTREGADA A PRIMER MINISTRO DE CANADA STEPHEN HARPER


Durante la visita a Chile del Primer Ministro de Canadá Stephen Harper la Organización Indígena "Consejo Autónomo Aymara" y Organización Mapuche "Consejo de Todas las Tierras" sostuvieron un encuentro en la cual entregaron carta indicando las preocupaciones respecto a nuestros pueblos. "exhortamos a vuestro gobierno a que reconsidere su posición y apoye la adopción de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, sin ningún tipo de modificación"...

STEPHEN HARPER
Primer Ministro de Canadá
Presente


Su excelencia.



Ante su visita que realiza en Chile durante los días 17 y 18 de julio de 2007, los representantes de los Pueblos Indígenas Mapuche y Aymara, le saludamos muy respetuosamente y aprovechamos la oportunidad para hacer presente nuestras profundas preocupaciones sobre el rechazo que ha tenido el gobierno de Canadá con la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas del Mundo y al mismo tiempo quisiéramos invitar a reconsiderar su posición por un compromiso con los derechos humanos de los Pueblos Indígenas.



1.- Quisiéramos recordar que la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptado por el Consejo de Derechos Humanos durante el año 2006, representa un esfuerzo singular en donde se ha depositado confianza en el sistema internacional de Naciones Unidas que consiste en más de 20 de años de trabajo conjunto, además, el instrumento representa los estándares mínimo de derechos humanos para la sobrevivencia de los Pueblos Indígenas.



2.- Subrayamos que la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, representa un progreso sustantivo en el establecimiento de las normas internacionales de derechos humanos y constituye un paso muy significativo en la evolución del derecho internacional que reconoce y protege los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas referente al derecho a la libre determinación, derecho a las tierras, territorios y sus recursos, idiomas, cultura por lo mismo, la declaración constituye un instrumento de derechos humanos de última generación.



3.- Canadá en el proceso de redacción de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, se había caracterizado por su apoyo al proceso, por lo mismo, resulta casi inexplicable la posición de rechazo que ha tomado últimamente tanto en el Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General de Naciones Unidas efectuada durante el año 2006.



4.- Recordamos que los compromisos internacionales con los Objetivos del Desarrollo del Milenio ODM, del cual Canadá es parte están plenamente vigentes y muy particularmente la Erradicación de la Pobreza. Para los Pueblos Indígenas éste compromiso constituye un reconocimiento de todos los derechos colectivos tangibles e intangibles establecidos en la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas.



5.- Entendemos que la oposición a los derechos indígenas, constituye una oposición a los derechos humanos y no subsana las relaciones diametralmente injustas que se han establecidos desde la instalación de los sistemas coloniales y la conformación de los Estados nacionales situación que ha afectado transversalmente la situación de los Pueblos Indígenas.



6.- Finalmente exhortamos a vuestro gobierno a que reconsidere su posición y apoye la adopción de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, sin ningún tipo de modificación, instrumento que será sometido a consideración en la Asamblea General de Naciones Unidas durante el 2007.-"



Miércoles 19 de Julio de 2007

SEMINARIO SOBRE MINAS ANTIPERSONAL EN LOS TERRITORIOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS AYMARA QUECHUA Y ATACAMEÑOS-LIKANANTAY DE CHILE


Fecha :Viernes 15 de junio de 2007

Lugar : Ciudad de Arica, Chile

Dirección : Hotel Costa Pacifico. Calle Lynch N.- 750, Arica

El Consejo Autónomo Aymara CAA de Arica y la organización del Pueblo Mapuche Consejo de Todas las Tierras, convocan al Seminario sobre Minas Antipersonal en los Territorios de los Pueblos Indígenas Aymara Quechua y Atacameños-Lickanantay que habitan en las fronteras entre Chile, Perú y Bolivia.

La instalación de las Minas antipersonal en las fronteras entre Perú, Chile y Bolivia, afectó los derechos colectivos de todos los Pueblos Indígenas que habitan en las fronteras tripartitas y la diseminación de los explosivos en el área vulnera el derecho a las tierras, territorios y recursos, el derecho al libre transito, el desarrollo y práctica de la cultura, la convivencia pacifica, el progreso, el uso y acceso espiritual de los territorios y la conculcación del derecho a la libre determinación.

Afortunadamente la comunidad internacional a tomado conciencia de las consecuencias nocivas que representa esta situación, al respecto, la Convención de Ottawa adoptada con fecha 18 de septiembre de 1997, en su parte preambular establece “Decididos a poner fin al sufrimiento y las muertes causadas por las minas antipersonal, que matan o mutilan a cientos de personas cada semana, en su mayor parte civiles inocentes e indefensos, especialmente niños, obstruyen el desarrollo económico y la reconstrucción, inhiben la repatriación de refugiados y de personas desplazadas internamente, además de ocasionar otras severas consecuencias muchos años después de su emplazamiento”
Asimismo, la convención de Ottawa en su articulo 5.- sobre destrucción de Minas antipersonal subraya “Cada Estado Parte se compromete a destruir, o a asegurar la destrucción de todas las minas antipersonal colocadas en las zonas minadas que estén bajo jurisdicción o control, lo ante posible, y a mas tardar en un plazo de 10 años, a partir de la entrada en vigor de esta Convención para ese Estado Parte” Con respecto al plazo que establece la Convención, las organizaciones de los Pueblos Indígenas del país, estamos profundamente preocupados, considerando que las medidas adoptadas por el Estado de Chile no han tenido el suficiente impacto, teniendo en cuenta las características geográficas de los territorios Minados que dificultan enormemente su ubicación por el desplazamiento permanente que ha experimentado el desierto a raíz del invierno altiplánico, lo que podría resultar una amenaza indefinida para los Pueblos Indígenas y sus derechos que habitan en el área.

La Declaración de Maputo, adoptada con fecha 04 de septiembre 1997, manifiesta “Convencidos de que la consolidación de la paz no es posible si no va acompañada de un desarrollo económico y social sostenible, así como de una democracia participativa basada en la gobernación en el marco de los principios democráticos de justicia, libertad, tolerancia y solidaridad”

Las minas antipersonal diseminadas en los territorios tradicionales de los Pueblos Indígenas Aymara, Quechua y Atacameños-Lickanantay, se efectuaron en un contexto político de conflictos armados y controversias Internacionales entre Chile, Perú y Bolivia, situación que determinó las fronteras de los Estados nacionales y para las comunidades representó la conculcación de los derechos colectivos relativos a las tierras, territorios y sus recursos, el desarrollo y particularmente el ejercicio del derecho a la libre determinación.

Las declaraciones del Ministro del interior del Estado de Chile Belisario Velasco con motivo a una manifestación publica efectuadas por ciudadanos Peruanos en Tacna alrededor de la línea de concordia, con fecha 03 de abril del 2007, dio cuenta de la amenaza de las minas antipersonal “advertimos del peligro que representan las bombas antipersonal, que se encuentran en la frontera, con el invierno altiplanico se ha podido comprobar que hay minas que se desplazan y que están en otros lugares en que todavía no se han efectuado el retiro de estas, entonces, es altamente riesgoso que alguien cruce por este sector del territorio” (diario La Tercera, El Mercurio, La Segunda 03, de abril 2007) Estas declaraciones representa un progreso muy significativo para las organizaciones de los Pueblos indígenas abocados en la promoción y protección de los derechos humanos, considerando que por primera vez una autoridad del mas alto nivel del Estado de Chile reconoce que parte importante del territorio nacional que determinan las fronteras entre Chile, Perú y Bolivia están minados y los artefactos explosivos se encuentran diseminados en el ancestral territorio de los Pueblos Indígenas Aymara, Quechua y Atacameños-Lickantay.
A pesar que la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas adoptado por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, no cubre la situación de los Pueblos Indígenas que sus territorios tradicionales se encuentran Minados, nos proponemos incluir esta grave situación en el Proyecto de Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de los Estados Americanos OEA.
Con motivo al Día Internacional de la Conciencia de las Minas y Acción contra las Minas, 04 de abril 2007, el Secretario General de Naciones Unidas Ban-Kimoon manifestó “hago un llamado a erradicar las Minas, porque millones de personas de unos 80 países viven en riesgo de morir o resultar heridos por las minas antipersonales y otros explosivos y pido a todos los Estados miembros a cumplir con sus obligaciones bajo estos tratados, así como a brindar asistencia a los países afectados y a las víctimas de estos explosivos"
Las organizaciones de los Pueblos Indígenas de Chile, teniendo en cuenta que esta situación de las minas antipersonal constituye una preocupación internacional y que la permanencia de los artefactos explosivos en los territorios de las comunidades Indígenas, implica un esfuerzos de todos los actores tanto del Estado Chileno, la comunidad internacional, los organismos especializados y los Pueblos Indígenas, nos proponemos abrir un dialogo con cobertura nacional e internacional para tomar conocimiento de los avances y dificultades que representan el proceso de desminados y a raíz de un intercambios de información permanente entre las comunidades indígenas afectadas elaborar y presentar recomendaciones a los organismos nacionales e internacionales pertinentes.
Las organizaciones de los Pueblos Indígenas, nos proponemos iniciar un dialogo entre las comunidades afectadas y relevar nuestra situación que ha sido silenciada por los acontecimientos políticos de conflictos que han caracterizados esta parte de los territorios de Chile, Perú y Bolivia y que han determinado la situación geográfica en el cono sur.
Las organizaciones indígenas alrededor del seminario, esperamos promover e iniciar un dialogo constructivos desde los afectados por las minas antipersonal con todos los actores del país, entre ellos Parlamentarios, académicos, el Ejercito, el Ministerio de Defensa, el Ministerio del interior, los organismos internacionales de protección a los derechos humanos, las Naciones Unidas, la oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, Unión Europea, dirigentes juveniles, vecinales, organismos no gubernamentales de derechos humanos.

HORTENCIA HIDALGO CACERES
Consejo Autónomo Aymara
AUCAN HUILCAMAN PAILLAMA
Enc. Relaciones Internacionales Consejo de Todas las Tierras.


PROGRAMA

SEMINARIOS SOBRE MINAS ANTIPERSONAL EN LOS TERRITORIOS AYMARAS, QUECHUAS Y ATACAMEÑOS-LICKANTAY DE CHILE.


Fecha :Viernes 15 de junio de 2007
Lugar :Hotel Costa Pacifico.
Calle Lynch 750, Arica I región, Chile

10:00 10:10 Bienvenidas e inauguración
10:10 10:40 Las Minas Antipersonal en los Territorios Aymara, Quechua Atacameños-LickantayÁngel Bolaños y Hortencia Hidalgo.
10:40 11:10 Las Minas Antipersonal en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas y el Derecho HumanitarioAucan Huilcaman Paillama

11:10 11:40 La Convención de Ottawa y su procedimiento de aplicaciónOficina Alto Comisionado de Naciones Unidas para losDerechos Humanos. (Por confirmar)
11:40 11:50 Café

11:50 12:20 Las Minas Antipersonal, los derechos Humanos y laConvivencia pacifica en la frontera.Manuel Jacke, Decano Escuela de Derecho Universidad Bolivariana

12:30 13:00 Las Minas Antipersonal y las relaciones
internacionales de los Pueblos.Marco Henríquez Ominami Diputado de la Republica de Chile
13:00 14:30 Almuerzo
14:30 15:15 Dialogo entre representantes de los Pueblos Indígenas de las Fronteras de Perú y Bolivia (nombres por confirmar) Chile Tita Espindola (Consejo Atacameños Lickantay) y Eduardo Choque (Quechua)

15:15 15:45 Participación Isabel Ortega Senadora y Presidenta del Parlamento Indígena de América PIA y Wilber Flores Torres Diputado Nacional de Bolivia, Presidente del Parlamento Indígena Originario.

15:45 16:00 Plan de Acción: Silvia Blanco Aymara

16:00 16:30 Adopción Declaración final y plan de Acción16:30 Visita a comunidades Indígenas afectas por las Minas Antipersonal

Foro de los Pueblos Indígenas sobre Erradicación de la Pobreza





La organización Mapuche Consejo de Todas las Tierras y el Consejo Autónomo Aymara, con la colaboración de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Central, a través de su Departamento de Derechos Humanos, convocan al Foro de los Pueblos Indígenas sobre Erradicación de la Pobreza.

Dicho evento se efectuará los días 08 y 09 de enero 2007, en la Universidad Central, ubicada en calle Lord Cochrane Nº417, segundo piso, Santiago de Chile, en los siguientes horarios:

- Lunes 8 de enero de 9:30 a 19:00 horas.

- Martes 9 de enero de 9:30 a 15:30 horas.

En el marco de los objetivos del Milenio se viene participando de una alianza global sobre la Erradicación de la Pobreza con enfoque en los derechos humanos de las comunidades Indígenas. En esta oportunidad dialogaremos sobre la relación de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas de Chile y la superación de la pobreza alrededor de los objetivos del milenio (ODM). Nos proponemos efectuar un diálogo transversal sobre la situación de los Pueblos Indígenas y sus derechos con diferentes actores, considerando que la Erradicación de la Pobreza constituye un compromiso global de la comunidad nacional e internacional y tal como lo establecen las recomendaciones sobre los objetivos del Milenio (ODM). "Las organizaciones de la sociedad civil, deben contribuir activamente a elaborar políticas, prestar servicios y supervisar progreso". Durante el Foro de los Pueblos Indígenas, se utilizarán como instrumentos de trabajo el informe y las recomendaciones del Relator Especial de Naciones Unidas E/CN.4/2004/80/add.3 y las recomendaciones del Comité Internacional sobre el Pacto de Derechos Económicos sociales y culturales. Y también habrán exposiciones e intercambios de ideas y propuestas entre los participantes.


Objetivos:

- Promover la participación activa de los Pueblos Indígenas del país, en los objetivos del milenio y relevar la situación de pobreza en que se encuentran los Pueblos Indígenas.

- Promover acciones tendientes a la erradicación de la pobreza, y sensibilizar a las autoridades gubernamentales y la sociedad civil sobre los objetivos del Milenio.

- Conocer y profundizar los compromisos de los Estados en relación a la erradicación de la pobreza.

Durante el evento los expositores comentarán de las diversas medidas y acciones que se están implementando para la Erradicación de la Pobreza con enfoque sobre los derechos humanos y los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas. Para cualquier consulta pueden comunicarse con Nelly Ayenao fono 45-235697 aukin_wallmapu@hotmail.com

Las inscripciones previas de los asistentes se pueden realizar con Lucía Espinoza, luciaespinoza@ucentral.cl, fono:5826329.


Foro de los Pueblos Indígenas sobre Superación de la Pobreza.
Dias: 08 y 09 Enero 2007.

Lugar: Sala de Litigación de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Central; Lord Cochrane 417, segundo piso, Santiago.
Inscripciones previas: Lucía Espinoza. luciaespinoza@ucentral.cl fono: 5826329



PROGRAMA



. Lunes 08 de enero 2007
Inauguración 9:30 AM. 10:00 Inscripción y recepción participantes.

10:00 – 10:15 Inauguración: Juan Guzmán Tapia.
Decano Universidad Central

10:15 –10:30 Aucan Huilcaman Paillama
Consejo de Todas las Tierras

10:30 –10:40 Hortencia Hidalgo Caceres
Consejo Autónomo Aymara

10:40 -10:50 Pieza Musical : Aymara y/o Atacameños Likanantay

10:50- 11:00 Mapuche Trutrukatun y/o Choike Purrun

Café
Desarrollo y exposiciones


11:30 AM. 12:00 Fundación para la Superación de la Pobreza Leonardo Moreno


12:00 – 12:30 MIDEPLAN


12:30 – 13:00 Exposición Likanantay-Atacameños y Quechua Eduardo Choque


Almuerzo
15:00 – 15:30 Exposición y comentarios sobre Recomendaciones Relator Especial de Naciones Unidas y Recomendaciones Comité Internacional Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales (Lautaro Loncón)

15:30 - 16:00 Programa de Naciones Unidas de Desarrollo PNUD (por confirmar)

16:00 –16:30 Exposición Aymara
Ángel Bolaños Flores – Consejo Autònomo Aymara

Café

16:45 -17:15 Los Derechos Humanos y la Erradicación de la Pobreza Oficina Alto Comisionado para los Derechos Humanos Carmen Rosa Villa (OACNUDH)

17:15- 17:45 Las ONGs y la Erradicación de la Pobreza (Acción) Luis Santibáñez – Jorge Larenas

17:45- 18:15 Reconocimiento de los derechos colectivos y la
Erradicación de la Pobreza
: Aucan Huilcaman Paillama – Consejo de Todas las Tierras Martes 09 de enero 2007

9:30 AM-10:00 Acciones para la Erradicación de la Pobreza y la participación de la Sociedad Civil Patricia Albornoz, Universidad Central


10:00- 10:30 Plan de Acción de los Pueblos Indígenas de Chile sobre Erradicación de la Pobreza

10:30- 11:00 Elaboración y adopción de declaración dirigida Presidenta de la Republica de Chile.

13:00 – 14:45 Almuerzo

15:00 –15:30 Clausura: presentación de los acuerdos